Decreto 583 de 2016
Este
Decreto enviará a miles de trabajadores a la marginalidad y empeorará la
crisis que en materia laboral tiene Colombia teniendo en cuenta que actualmente
existen de 7 millones de trabajadores que no tienen contrato de trabajo,
seguridad social, salario mínimo, ni estabilidad laboral.
Luis
Eduardo Garzón, quien alguna vez fuera dirigente sindical y representante de
los trabajadores, se va del Ministerio de trabajo dándole un golpe
duro a los trabajadores, al ratificar y apoyar la tercerización laboral
en grandes empleadores y en muchos sectores de la vida económica. De esta
manera, el ya hoy ex ministro de Trabajo y quien fuera el compañero de la lid
diaria de los trabajadores, hoy se pone al servicio de las multinacionales y de
las grandes empresas del país que no les importa pauperizar a los trabajadores
y negar sus derechos, tanto al contrato de trabajo como a la libertad
sindical y a la negociación colectiva
Redacción
INCP a partir de artículo publicado por Portafolio
Para
mayor información, puede referirse al artículo titulado “Polémica por nuevo
decreto sobre tercerización laboral” de la fuente Portafolio...
Polémica
por nuevo decreto sobre tercerización laboral
Poco tiempo
después de expedido el decreto 583 que reglamenta la tercerización laboral en
el país, el sector sindical y el gremio de las empresas temporales anunciaron
que lo demandarán. Se trata de una identidad de propósito extraña si se tiene
en cuenta que son dos instancias que siempre han estado en orillas opuestas.
La
contratación de trabajadores a través de terceras empresas para realizar
funciones dentro de una compañía estaba permitida, siempre y cuando su labor no
fuera permanente ni formara parte del objetivo misional.
Pero el 583,
sancionado por el presidente Juan Manuel Santos el 8 de abril pasado,
eliminaría esta barrera, a juicio de la Asociación Colombiana
de Servicios Temporales (Acoset) y la Escuela Nacional
Sindical (ENS), que asesora a las centrales obreras CUT y la CTC.
Las críticas
se centran en especial en dos apartes del artículo segundo de este decreto. El
numeral 1 habla de las condiciones que deben tener en cuenta los inspectores
del Ministerio de Trabajo al evaluar si una tercerización es ilegal, y dice que
un elemento indicador es si “se contrató al proveedor para
hacer las mismas o sustancialmente las mismas labores que se realizaban para el
beneficiario, y los trabajadores no fueron expresamente informados por escrito”.
¿Lectura
parcial?
El
presidente de Acoset, Miguel Pérez García, asegura que, en la práctica, quiere
decir que pueden tener los mismos trabajadores para realizar las mismas
actividades, no bajo la contratación directa sino a través de proveedores,
siempre y cuando le hayan comunicado por escrito al trabajador. Una
interpretación que comparte la directora de Defensa de Derechos de la ENS , Sandra Muñoz.
“El Decreto habilita de forma
ilegal a personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, para
tercerizar”: Acoset
El
viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Mintrabajo, Enrique
Borda, negó que se esté universalizando la posibilidad de tercerizar, calificó
de absurda la interpretación y afirmó que hay que leer el artículo como un todo
y no aislándolo por líneas.
Luego, en el
numeral 4 se define quiénes pueden ser los beneficiarios y proveedores: “instituciones, empresas, personas naturales u otras modalidades
contractuales, sociales o cooperativas, públicas o privadas”, y
dice que “pueden tener las modalidades
sociedades anónimas simplificadas, sociedades anónimas, empresas de servicios
temporales, sindicatos que suscriben contratos sindicales, agencias públicas de
empleo, agencias privadas gestión…”.
Por eso,
según Pérez y Muñoz, en la práctica, la norma revive las cooperativas de
empleo, que estaban prohibidas, y deja mejor parados los contratos sindicales,
ambas modalidades que no obligan a cumplirles a los asociados garantías como
las primas, vacaciones y recargos. Sobre esto Borda aseguró que “las cooperativas de trabajo asociado son una figura propia del
derecho cooperativo y no del laboral”, por lo cual de lo que se
trataba era de especificar que en ningún caso pueden violar derechos a los
trabajadores.
A Acoset le
preocupa además que al dejar un espectro tan amplio de posibles oferentes, deja
sin piso la ventaja que tenían sus afiliados.
“Este va a ser un muy buen
instrumento en la senda de la formalización y el trabajo decentes“: Borda
Tanto Acoset
como los sindicatos bajo la tutela de la
ENS tienen borradores de demandas ante el Consejo de Estado, la Corte Constitucional
y tribunales internacionales porque coinciden en que se estarían violando
normas de la OIT
(Organización Internacional de Trabajo), los términos del TLC (Tratado de Libre
Comercio) con Estados Unidos y recomendaciones de la OCDE (Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos).
Al
preguntarle a Borda por qué dos orillas tan opuestas leen fallas en el decreto,
este dijo que “ni quedó mal escrito ni está
mal interpretado por el Ministerio. Lo que hay es una interpretación que
coincide por intereses diferenciados”.
“Cuando lo sometimos ante expertos internacionales y les dijimos
que no les gustaba ni a los empresarios más radicales ni a los sindicalistas
más radicales dijeron que quería decir que estaba bien hecho”,
puntualizó el Viceministro.
‘Se
podrían fragmentar las empresas’
Acoset y la ENS dicen que los trabajadores
perderían estabilidad, pues siempre y cuando les avisen y les mantengan el
salario, un empleador puede cambiar totalmente su planta de personal.
“La excepción debería ser no estar contratado directamente. Con
este tipo de tercerización sin límites, se contrataría la cadena productiva con
externos o un empresario puede fragmentar su capital y si una de sus compañías
se declara insolvente solo tiene que responder con el patrimonio de esta”,
advierte Muñoz.
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