LAS DOS HORAS QUE EL PATRÓN LE QUITA
AL TRABAJADOR
De dos en dos, empresarios suman millones de pesos que son del trabajador
De dos en dos, empresarios suman millones de pesos que son del trabajador
El 28 de diciembre de 1990, día de los inocentes, el gobierno de uno de
los más nefastos presidentes que ha tenido el país, César Gaviria (1990 – 1994)
finiquitó uno de los mayores despojos contra los trabajadores, promulgó la ley
50, la reforma laboral por la que acabó la estabilidad laboral, eliminando el
derecho al reintegro, cambiándolo por una tabla de indemnización por despido
sin justa causa, que fue además rebajada por la ley 789 de 2002; terminó la
retroactividad de las cesantías, para liquidarlas año por año y creo un negocio
más para los banqueros, los fondos de cesantías, donde con la plata de los
trabajadores, los banqueros hacen negocios, en fin, en buena medida acabó los
derechos de los trabajadores, para implementar la llamada apertura económica,
paso previo a los Tratados de Libre Comercio (TLC) de hoy, instaurando de esa
manera el modelo económico neoliberal en Colombia, abaratando a más no poder la
mano de obra.
Entonces los legisladores, siguiendo las órdenes del gobierno Gaviria,
que incluía a su Ministro de Hacienda, Rodulf Hommes, aprobaron el texto del
proyecto, redactado y defendido por el ponente, senador entonces del Partido
Liberal, Álvaro Uribe Vélez, quien sostenía que la aprobación de esa ley
produciría empleo, como siempre dicen cada vez que van a hacer una ley para
arrebatarnos derechos.
El contentillo que le dieron a los trabajadores fue lo contemplado en el
artículo 21 de esa ley, que las empresas empleadoras le debían dar a sus
trabajadores, cuando tuvieran más de cincuenta (50) y la jornada ordinaria de
trabajo fuera de cuarenta y ocho (48) horas semanales, dos (2) horas con
destinación exclusiva, por cuenta del empleador, para actividades recreativas,
culturales, deportivas o de capacitación, ésta última no para que cumpla mejor
con su trabajo, sino para el engrandecimiento personal de quien con sus manos e
inteligencia crea la riqueza.
Pues la ley fue hecha, quedando en letra muerta, porque muchas empresas,
especialmente multinacionales, desde el 28 de diciembre de 1990 no le ha dado a
sus trabajadores esas dos (2) horas, durante ya 25 años, demostrando que no
solo se quedaron con la retroactividad de las cesantías, la estabilidad, y
mucho más, sino con este tiempo, que desgraciadamente, por ignorancia,
negligencia o desidia, algunos sindicatos y trabajadores no han exigido su
cumplimiento, siendo hora de hacerlo de manera decidida, para que los
trabajadores usen ese tiempo en recreación, deporte, cultura o capacitación, a
escogencia del empleador.
Pero como en derecho, la ignorancia de la ley no es justificación para
no ejercerlo, parte de este tiempo lo vienen perdiendo los trabajadores, así se
exija por vía judicial, sin embargo, buen tiempo se puede salvar, el de los
últimos cuatro años, tiempo que sumado, tiene una gran significación en
millones de pesos, que los patrones arrebatan a sus trabajadores. La exigencia
sería para que en el futuro se cumpla la ley, pero además para que las empresas
le reconozcan el tiempo dejado de dar, durante esos cuatro años, ya que el de
los otros años, por el fenómeno de la prescripción se perdería, aunque podría
ser exigido en un proceso judicial, y sería el patrón el obligado a alegar esa
prescripción, ya que de no hacerlo, debería darles el tiempo que durante todos
los años le ha quitado a cada trabajador.
Para ver la importancia de lo perdido, pero que debemos recuperar, es
que a un trabajador el empleador le debe dar dos (2) horas a la semana, las que
traducidas al mes son ocho (8) y al año, que tiene 52 semanas, serían ciento
cuatro (104) horas, que descontando las vacaciones, serían doce días y medio
(12.5), casi el periodo de vacaciones que es de quince (15) días. Pero además
si sumamos lo que no han perdido los trabajadores hoy, es decir, los tres años
de prescripción que contempla la ley laboral, como el tiempo para exigir los
derechos laborales, además de un año contemplado en el decreto que reglamenta
la norma, el Decreto No. 1127 de 1991 que le permite al empleador acumular el
tiempo por un año, llegamos al siguiente resultado. En los cuatro años serían
cincuenta (50) días, o lo que es lo mismo, cuatrocientas (400) horas, que si
las calculáramos en plata, por un trabajador que reciba un salario mínimo
($737.717), con un valor por hora, tres mil setenta y cuatro ($3.074) pesos,
daría un gran total de $ 1.229.600, aclarando que la Corte Suprema ha dicho que
ese tiempo no se puede retribuir en dinero, sino que el empleador debe
organizar jornadas para sus trabajadores en que se gocen ese tiempo,
recreándose, culturizándose, capacitándose o haciendo deporte.
Ha dicho la Corte, que la empresa empleadora debe organizar programas
para desarrollar este mandato, pudiéndolo hacer por intermedio del SENA, las
Cajas de Compensación Familiar, centros culturales y en general instituciones
que presten estos servicios, actividades todas que se deben llevar a cabo
dentro de la jornada de trabajo, pudiendo hacer entre las actividades de
capacitación algunas relativas a aspectos de salud ocupacional, procurando la
integración de los trabajadores, para mejorar las relaciones laborales, siendo
obligatoria la asistencia del trabajador a la actividad programada.
Para ver la dimensión de este derecho, un ejercicio mental nos muestra
la gravedad. Una empresa que tenga 150 trabajadores, que su salario promedio sea
un millón de pesos, que nunca les ha dado las dos horas, en cuatro años, que
sería el tiempo a exigir, sumaria 50 días por trabajador, para un total de
7.500 días, que valen, a $ 4.166 la hora, por día $ 33.328, para un total, por
todos los trabajadores de $ 249.960.000. Que buen negocio para los empresarios.
¿Qué
hacer? Reclamar por escrito al patrón, de manera personal, para interrumpir la
prescripción, teniendo a partir de la reclamación, tres años para demandar, por
ejemplo en grupo, para que cumplan la ley. Es hora de exigir. Si está
interesado, escríbame, y a vuelta de correo, le enviare la reclamación para que
la radique ante su empleador, exigiendo el derecho. No deje perder más tiempo.
cesarluque@yahoo.com
@CesarALuqueF
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