viernes, 23 de septiembre de 2016

ESTABILIDAD REFORZADA


Estabilidad Laboral 
Reforzada

LEY 361 DE 1997

Es decir que el principio de estabilidad laboral reforzada tiene como objeto garantizar el derecho al trabajo de aquellas personas que por su condición se encuentren en estado de vulnerabilidad manifiesta, obligando al empleador a garantizar su continuidad laboral, lo que lleva a que el trabajador no pueda ser despedido sin que medie una justa causa para ello.

A quiénes beneficia el principio de estabilidad laboral reforzada

- A todos los trabajadores en general, para no ser despedido sin justa causa, salvo el pago de indemnizaciones de la norma laboral, que no obstante no cubre otros daños que pudiese ocasionar el despido.

- A los trabajadores en situación de vulnerabilidad manifiesta:

o Condición de discapacidad

o Limitaciones físicas o psicológicas que le impiden realizar su trabajo

o Mujeres en estado de embarazo, madres cabeza de hogar

o Trabajadores que cuentan con fuero sindical

¿Qué se entiende por debilidad manifiesta?

Es aquella condición de desmejora que está un trabajador frente a otro trabajador; porque tiene una limitación sensorial, una limitación sicológica, una limitación física dependiendo. Aquellas personas que se encuentre en cualquiera de estas cuatro condiciones tiene la protección del Estado y de la Ley de Estabilidad Laboral Reforzada. Por ende, en este periodo y con esta protección, el empleador no puede terminar el contrato laboral del trabajador; si termina el contrato esta terminación y ese despido es totalmente ineficaz, inexistente.

Por ende, usted como trabajador tiene derecho a iniciar acciones judiciales, con los mecanismos que le da la ley, como la acción de tutela o la demanda ordinaria laboral, para que exija sus derechos a un reintegro, bien sea reubicar o reincorporar en el cargo en que estaba sin desmejorar las condiciones. A la vez de ese reintegro, el empleador no solamente tiene que pagarle el reintegro sino también debe pagarle todos los salarios que ha dejado de percibir desde el momento de la terminación del contrato hasta el momento del reintegro junto con sus indexaciones.

¿Cuándo un empleado puede terminar el contrato laboral?

Cuando reúna los tres requisitos:

1° que le pague al trabajador una indemnización por despido injusto conforme al artículo 64 del Código Sustantivo de Trabajo.
2° que le pague una indemnización conforme al artículo 26 de la Ley 361 de 1997, que dice que se paga una indemnización de 6 meses, es decir de 180 días de salario; es decir la misma Ley Clopaftosky y
3° también que se pida una autorización ante el ministerio de trabajo donde por medio de una resolución administrativa ellos autorizan la terminación de su contrato de trabajo si usted está bajo la condición de estabilidad de trabajo reforzada; pero en esta última la empresa tiene que probar que su objeto social o su actividad económica que explota no puede incorporar, no puede reubicar al trabajador, tan solo así, el ministerio puede dar una autorización.

¿Por qué este principio es protegido por la ONU, por la OIT en sus acuerdos frente aquel trabajador que esté en debilidad manifiesta? 

La misma constitución nacional en su artículo 53 y el código sustantivo de trabajo lo acoge por dos razones:
1° cuando se termina el contrato de un trabajador que esté en estabilidad laboral reforzada se va a quedar sin seguridad social o sea al terminar el contrato se va a desvincular al sistema de seguridad social y esto no va a permitir que el trabajador en estado de debilidad manifiesta pueda acceder a las prestaciones o contingencias económicas o contingencias asistenciales.

¿Qué es contingencia económica? Que el trabajador va a perder una indemnización por incapacidad permanente, va a perder una indemnización por incapacidad temporal, va a perder una pensión de invalidez o una pensión de sobreviviente según el caso.

¿Qué es una Contingencia asistencial?  Al no tener los medicamentos, al no poder acceder a un tratamiento médico o a una cirugía. Por ende el Estado protege esta estabilidad reforzada, primero para que no se desvincule del sistema de seguridad social y segundo para el trabajador va ser mucho más difícil poderse vincular por su condición de estado de salud con otra empresa.

Defendamos nuestros derechos, la ley nos permite a través de mecanismos como una acción de tutela o iniciar un proceso ordinario laboral.

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